Envianos por mail o whatsapp (haciendo click en el botón de whatsapp abajo a la derecha) tu nombre completo y diciendo que querés inscribirte en el curso Mandatario del Automotor. A partir de ahí te contactaremos y enviaremos la documentación a completar y pasos para el pago de la matrícula de inscripción para asignarte una de las vacantes.
Requisitos de ingreso
Ser mayor de 18 años,
No tener antecedentes penales.
Título secundario.
El alumno va a adquirir los conocimientos necesarios para trabajar y realizar trámites del Automotor, como inscripciones iniciales, transferencias de autos, conocer los formularios necesarios, como llenarlos, y aprender en qué situación debe ser utilizado cada uno. Se lo capacitará profesionalmente con los conocimientos práctico-jurídicos que le permitirá asesorar y realizar las gestiones ante los Registros Seccionales del Automotor y de Créditos Prendarios; brindándole las herramientas necesarias para desempeñarse con responsabilidad en las transacciones de Automotores, Motovehículos, Maquinarias Agrícolas, Vial e Industrial.
A quienes está dirigido: Dirigido a toda persona interesada en incorporarse al mercado laboral en forma independiente a través de la prestación de servicios de gestoría automotor, o bien en relación laboral en empresas vinculadas a la comercialización de vehículos.
Modalidad de cursado
Clases presenciales todos los sábados de 9:00 a 14:00, con inicio el 27/06/26.
Duración 5 meses
Las mismas son teórico prácticas a cargo de profesores Mandatarios con vasta experiencia en la actividad profesional. La totalidad del curso está a cargo de la Fundación FUNICOMAPU.
Al iniciar la cursada se le otorgará a cada alumno acceso al campus virtual donde encontrará el material de estudio y desde donde podrá abonar las cuotas mensuales, excepto la matrícula de inscripción que se realiza por transferencia bancaria.
Matrícula nacional habilitante
Al finalizar el cursado, y luego de aprobado el examen de suficiencia, se completará el legajo con la documentación solicitada para tramitar la matrícula nacional habilitante ante la DNRPA.
Unidad 1 – El Derecho Registral
Unidad 2 – La Registración del automotor
Unidad 3 – Estado: definición. División de poderes. Jerarquía de las normas
Unidad 4 – Funcionamiento general de los Registros
Unidad 5 –
o A). Verificación de los automotores.
o B) Identificación del automotor.
o C) Comunicaciones judiciales y administrativas.
o D) Medidas cautelares
Unidad 6 –
o A) La Licencia para configuración de modelo (LCM) y Franquicias especiales
para la circulación establecidas en la Ley 24.449.
o B) Normas para la prevención de los delitos de lavado de dinero y la
financiación del terrorismo: trámites alcanzados. Desarrollo.
o C) Delitos en materia de automotores.
o D) Responsabilidad subjetiva y objetiva: su aplicación en los automotores. La
cosa riesgosa.
Unidad 7 –
o Inscripción inicial de automotores nuevos de fabricación nacional. El
certificado de fabricación. Solicitud Tipo “01”. Factura de venta: cesión:
requisitos. Extravío: certificación contable
o Inscripción inicial de automotores nuevos importados.
o Inscripción inicial de automotores ingresados al amparo de la Ley N° 21.923.
o Inscripción inicial de automotores afectados al régimen de la Ley N° 19.640.
o Inscripción inicial de automotores importados con nacionalización
temporaria. Inscripción inicial de automotores para discapacitados.
o Inscripción inicial de automotores nacionales adquiridos por el régimen de
la Ley N° 19.486.
o Inscripción Inicial de automotores importados por diplomáticos extranjeros.
o Inscripción inicial de automotores importados usados ingresados por
ciudadanos argentinos y por funcionarios del servicio exterior.
o l) Inscripción inicial de automotores de funcionarios argentinos en misión
oficial en el exterior y de ciudadanos extranjeros con radicación en el país.
o Inscripción inicial de automotores armados fuera de fábrica, subastados,
automotores clásicos, adjudicados por rifas.
o Inscripción inicial de automotores ingresados bajo el régimen de la Ley N°
2151/92 (utilitarios) y los ingresados bajo el amparo del Decreto N°
1628/93 (unidades de transportes de pasajeros).
o Inscripción inicial de automotores importados usados ingresados por
diplomáticos.
o Inscripción inicial de automotores condicionada a la inscripción de un
contrato de prenda.
o Inscripción Inicial de motovehículos con Solicitud Tipo “01-D”.
o Inscripción inicial en Dominio Fiduciario.
o Los cuatriciclos, ATV, y demás vehículos asimilables.
o Año de fabricación y Modelo-año.
Unidad 8 –
o A) Transferencia del dominio. Régimen General. Certificado de
Transferencia (CETA).
o B) La solicitud Tipo “08”. Validez de la firma en la solicitud tipo 08 cuando ha
fallecido el titular registral.
o C) Transferencia por escritura pública.
o D) Transferencia ordenada por autoridad judicial en juicio sucesorio y en
toda clase de juicio o procedimientos judiciales.
o E) Transferencia ordenada como consecuencia de una subasta pública.
o F) Transferencia de presentación simultánea.
o G) Transferencia a favor del comerciante habitualita.
o H) Transferencia por fusión de sociedades o escisión de su patrimonio.
o l) Transferencia con 08E”.
o J) Transferencia en dominio fiduciario.
o K) Transferencia condicionada a la inscripción de un contrato de prenda.
o L) Normas generales de presentación y retiro de documentación.
Unidad 9 –
o Convenios de Complementación de Servicios, Naturaleza y finalidad.
o Medios con los que cuentan los diferentes Organismos para la consecución
de sus fines.
o Competencia en el dictado de las normas.
o Agentes de Recaudación, Percepción y/o retención.
o Los Encargados de los Registros Seccionales.
Unidad 10 – Diferentes Impuestos alcanzados en los Convenios de
Complementación de Servicios
Unidad 11 – Multas por Infracciones de Tránsito. Convenios Interjurisdiccionales
Unidad 12 –
o A). Alta y baja de carrocería. Cambio de tipo de carrocería. Cambio de tipo
automotor. Anotación de la desafectación del automotor al régimen de la Ley
N° 19.640.
o B) Denuncia de robo o hurto. Recupero. Inscripción Preventiva.
o C) Denuncia de venta: Responsabilidad civil del titular dominial que ha
entregado la posesión y/o tenencia del automotor. Notificación de recupero
del automotor objeto de una denuncia de venta. Denuncia de compra.
o D) Cambio de uso.
o E) Baja del automotor: Baja definitiva, Baja temporal, Baja con recuperación
de piezas, Baja por compactación (Ley 26.348).
o F) Registro Único de Desarmaderos y Actividades Conexas (RUDAC) Régimen
legal para el desarmado de automotores y venta de sus autopartes. Ley
25.761 y el Decreto Reglamentario N° 744/04. Disposición DN N° 527/04 y
modificatorias.
o G) Baja y alta de motor.
o H) Cambio de radicación y de domicilio.
Unidad 13 –
o A) Certificado de Estado de Dominio. Reserva de Prioridad (artículo 160 de
Régimen Jurídico de Automotor).
o B) Informes de estado de dominio, Histórico y Nominal.
o C) Consulta de legajo. D) Expedición de constancias registrales.
o E) Rectificación de datos: de identidad, del estado civil del titular, de la
disponibilidad del bien, del motor, chasis o cuadro. Disposiciones comunes.
o F) Comerciantes habitualista. Categorías. Registros de comerciantes
habitualista: DNRPA y CP y AFIP
o G) Título del automotor. Expedición de duplicado.
o H) Expedición de cédula de identificación del automotor y del duplicado.
o I) Cédula para el autorizado a conducir.
o J) Placas de identificación provisoria. Clases y vigencia. Reposición de placas
metálicas. Permisos de circulación para motovehículos.
Unidad 14 –
o A). Personas jurídicas. Cambio de denominación. Inscripción preventiva.
o B) Contrato de prenda sobre automotores. Formalidades del contrato.
Clases. Su inscripción. Endoso y cancelación. Reinscripción, Modificación y
Cancelación del contrato.
o C) Posesión o tenencia. Contrato de leasing.
o D) Régimen de Maquinaria Agrícola, Vial o Industrial. Declaración Jurada de
Bienes Muebles Registrables. (Formulario 381 de la DGI).
Unidad 15 – Práctica